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TICS Expediente Clínico Electrónico

Dentro de los documentos legales que maneja el personal de la salud (especialmente los médicos), tenemos el expediente clínico. Las pautas y reglamentos sobre este se pueden revisar en la  NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-SSA3-2012, DEL EXPEDIENTE CL I NICO.  Esta define al expediente clínico como: "conjunto único de información y datos personales de un paciente, que se   integra dentro de todo tipo de establecimiento para la atención médica, ya sea público, social o privado, el   cual, consta de documentos escritos, gráficos, imagenológicos, electrónicos, magnéticos, electromagnéticos,   ópticos, magneto-ópticos y de cualquier otra índole, en los cuales, el personal de salud deberá hacer los   registros, anotaciones, en su caso, constancias y certificaciones correspondientes a su intervención en la   atención médica del paciente, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables Por ley, el médico debe guardar estos durante un lapso de 5 años, por lo cual con el tiemp
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